Avalúos Comerciales Inmuebles Propiedades: Casas, Apartamentos, Lotes, Edificios, Bodegas, Locales, Oficinas, Fincas, Terrenos. Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla

Certificados por el Registro Abierto de Avaluadores -RAA-

Avalúos Cali y Valle del Cauca, urbanos y rurales. Peritos Avaluadores Certificados de Inmuebles Comerciales, Bienes Raices y Propiedades

Avalúos Cali y Valle del Cauca: Edificios, Bodegas, Oficinas, Locales, Fincas, Lotes, Terrenos, Casas, Apartamentos. Propiedades Urbanas y Rurales

 

Avalúos Cali Propiedades Urbanas y Rurales en el Valle del Cauca

Valoración Comercial de Finca Raíz en Áreas Urbanas y Rurales de todo tipo de Inmuebles como Casas, Apartamentos, Lotes, Terrenos, Edificios, Bodegas, Locales, Fincas de Cali, Valle del Cauca


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Celular 318-5026-197

Avalúos Valle del Cauca de todo tipo de propiedades Urbanas y Rurales en Cali, Valle del Cauca

•    Casas
•    Apartamentos
•    Lotes
•    Terrenos
•    Edificios
•    Bodegas
•    Locales
•    Fincas

 

Avalúos Comerciales de Inmuebles en Medellín y Antioquia. Urbanos y Rurales de todo tipo de Propiedades y Finca RaízAvaluadores Certificados lo cual garantiza la calidad y certeza de las valuaciones realizadas y aseguran el cumplimiento de los requisitos exigidos por las entidades oficiales, jurídicas y financieras.

•    Soporte sus tramites, prestamos y negociaciones ante bancos, entidades financieras, aseguradoras, corporaciones, Fondo Nacional del Ahorro
•    Venda, Compra, Asegure o Permute su inmueble con certeza de su Valor Comercial

 

Respaldo y Credibilidad, soportados por amplia experiencia Valuando Inmuebles de Particulares, Entidades Públicas y Privadas. 

 

 

Nuestro servicio de Avalúos Inmobiliarios

Realizamos un estudio detallado donde se analizan diversos factores arquitectónicos, geográficos, urbanísticos, estructurales y de mercado, entre otros aspectos relevantes, para determinar el valor actual en el comercio del  bien inmueble.

Actividad realizada por Avaluadores Profesionales y Experimentados, Certificados, quienes consideran todos los aspectos necesarios para garantizar la estimación de un precio acorde con el mercado y justo tanto para el propietario como para posibles compradores, tales como aspectos jurídicos, físicos, metodológicos, económicos y territoriales.

Los documentos requeridos para solicitar el servicio son:

  • Fotocopia de la Escritura del Inmueble o de la Promesa de compraventa
  • Certificado de Libertad y Tradición del Inmueble (con expedición no mayor a  3 meses)
  • Último recibo del impuesto predial

 

MUNICIPIOS: Alcalá, Andalucía, Ansermanuevo, Argelia, Bolívar, Buenaventura, Buga, Bugalagrande, Caicedonia, Cali, Calima - El Darién, Candelaria, Cartago, Dagua, El Águila, El Cairo, El Cerrito, El Dovio, Florida, Ginebra, Guacarí, Jamundí, La Cumbre, La Unión, La Victoria, Obando, Palmira, Pradera, Restrepo, Riofrío, Roldanillo, San Pedro, Sevilla, Toro, Trujillo, Tuluá, Ulloa, Versalles, Vijes, Yotoco, Yumbo, Zarzal

 

 

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EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN NÚMERO 620 DE 2008 (23 Septiembre 2008)

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CAPÍTULO I
DEFINICIONES

Artículo 1º: Método de comparación o de mercado.
Es la técnica valuatoria que busca establecer el valor comercial del bien, a partir del estudio de las ofertas o transacciones recientes, de bienes semejantes y comparables al del objeto de avalúo.
Tales ofertas o transacciones deberán ser clasificadas, analizadas e interpretadas para llegar a la estimación del valor comercial.

Artículo 2º: Método de capitalización de rentas o ingresos.
Es la técnica valuatoria que busca establecer el valor comercial de un bien, a partir de las rentas o ingresos
que se puedan obtener del mismo bien, o inmuebles semejantes y comparables por sus características físicas, de uso y ubicación, trayendo a valor presente la suma de los probables ingresos o rentas generadas en la vida remanente del bien objeto de avalúo, con una tasa de capitalización o interés.
Parágrafo: Se entiende por vida remanente la diferencia entre la vida útil del bien y la edad que efectivamente posea el bien. Para inmuebles cuyo sistema constructivo sea muros de carga, la vida útil será de 70 años; y para los que tengan estructura en concreto, metálica o mampostería estructural, la vida útil será de 100 años.

Artículo 3º: Método de costo de reposición.
Es el que busca establecer el valor comercial del bien objeto de avalúo a partir de estimar el costo total de la construcción a precios de hoy, un bien semejante al del objeto de avalúo, y restarle la depreciación acumulada. Al valor así obtenido se le debe adicionar el valor correspondiente al terreno. Para ello se utilizará la siguiente fórmula:
Vc = {Ct-D} + Vt
En donde:
Vc = Valor comercial
Ct = Costo total de la construcción
D = Depreciación
Vt = Valor del terreno
Parágrafo: Depreciación. Es la porción de la vida útil que en términos económicos se debe descontar al inmueble por el tiempo de uso, toda vez que se debe avaluar la vida remanente del bien. Existen varios sistemas para estimar la depreciación, siendo el más conocido el Lineal, el cual se aplicará en el caso de las maquinarias adheridas al inmueble. Para la depreciación de las construcciones se deben emplear modelos continuos y no los discontinuos o en escalera. Deberá adoptarse un sistema que tenga en cuenta la edad y el estado de conservación, tal como lo establece Fitto y Corvini, para lo cual se presentan las ecuaciones resultantes del ajuste para los estados 1, 2, 3 y 4. (Ver
capítulo VII De las Fórmulas Estadísticas).

Artículo 4º: Método (técnica) residual.
Es el que busca establecer el valor comercial del bien, normalmente para el terreno, a partir de estimar el monto total de las ventas de un proyecto de construcción, acorde con la reglamentación urbanística vigente y de conformidad con el mercado del bien final vendible, en el terreno objeto de avalúo.
Para encontrar el valor total del terreno se debe descontar al monto total de las ventas proyectadas, los costos totales y la utilidad esperada del proyecto constructivo. Es indispensable que además de la factibilidad técnica y jurídica se evalúe la factibilidad comercial del proyecto, es decir la real posibilidad de vender lo proyectado.
Parágrafo: Este método (técnica) debe desarrollarse bajo el principio de mayor y mejor uso, según el cual el valor de un inmueble susceptible de ser dedicado a diferentes usos será el que resulte de destinarlo, dentro de las posibilidades legales y físicas, al económicamente más rentable, o si es susceptible de ser construido con distintas intensidades edificatorias, será el que resulte de construirlo, dentro de las posibilidades legales y físicas, con la combinación de intensidades que permita obtener la mayor rentabilidad, según las condiciones de mercado.

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